Derechos de Agua ¿gratuitos y a perpetuidad?

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Derechos de Agua ¿gratuitos y a perpetuidad?

Sara-Larrain-G_18A inicios de enero y después de 10 meses de esperar las propuestas del gobierno, el Congreso Nacional inició finalmente la votación que reforma el Código de Aguas.Esta reforma es clave para enfrentar los problemas de acceso y distribución de las aguas, en un país donde existe alta concentración en la propiedad de derechos de agua y grave desabastecimiento de agua potable en comunidades rurales, lo cual se ha intensificado con la sequía.

A pesar del atraso en su tramitación, en espera del patrocinio y la indicación sustitutiva del Gobierno, este cambio legal viene a responder a la actual crisis hídrica que sufre el país producto de  la aplicación por 30 años de un Código que entregó al mercado la gestión del agua, generando además de concentración de la propiedad, su asignación a las actividades con fines de lucro más competitivas, provocando problemas de acceso para las necesidades de subsistencia.

La prolongada sequía de los últimos cinco años ha intensificado este problema, al extremo que además de las graves limitaciones para las economías campesinas del norte y centro del país, hoy más de medio millón de chilenos carecen de acceso al agua potable. 

En el contexto de este marco jurídico  francamente inadecuado, la autoridad ha respondido a la crisis aumentando la distribución de agua potable mediante camiones aljibe desde Atacama a Chiloé, dictando desde 2008 más de 50 decretos de Declaración de Zona de Escasez entre las regiones de Coquimbo y el Maule (IV a VII); ha declarado el Agotamiento de Aguas Superficiales en once ríos y sus afluentes entre las regiones de Antofagasta y Bío-Bío ( II y VIII); además de establecer numerosas “Áreas de Restricción” para evitar nuevas extracciones de aguas subterráneas.

La reforma al Código de Aguas considera cambiar los derechos perpetuos de propiedad sobre las aguas en concesiones temporales, causales para limitar los derechos de aprovechamiento  en base a criterios de interés público y permite establecer reservas para servir necesidades de subsistencia de la población.

Aspectos claves de la reforma  ya aprobados por los parlamentarios son el establecimiento del derecho humano al agua potable y saneamiento; las prioridades de uso del agua para actividades de subsistencia y preservación de ecosistemas y la integridad de tierras y aguas en el caso de territorios indígenas.

El Derecho Humano al Agua y al Saneamiento fue establecido por la Asamblea General de la ONU en 2010 y Chile votó a favor de este nuevo derecho, pero no legisló para su aplicación sino 4 años después.

Fue en ese contexto que en marzo de 2011 los diputados Accorsi (PPD), De Urresti (PS), Molina (UDI), Sepúlveda (Ind), León (DC) Teillier (PC), Meza (PRSD), Jaramillo (PPD), Pérez (RN) y Vallespín (DC) ingresaron a tramitación un proyecto de Reforma el Código de Aguas para priorizar el uso del agua para agua potable, producción de alimentos, protección de caudales y actividades de subsistencia; también perfeccionó los caudales ecológicos y liberó del pago de patentes a comunidades indígenas, campesinos y asociaciones de agua potable rural.

La urgencia de un cambio al Código de Aguas no sólo se debe al deber de implementar el mandato de la Asamblea General de la ONU, sino que responde a las crecientes movilizaciones ciudadanas por la recuperación del agua como un bien común y a las  recomendaciones realizadas por el Banco Mundial, que en 2013 encargó hacer cambios profundos a las normas e instituciones que rigen las aguas en Chile.

Tras años de espera, el pasado 7 de enero del 2015, se inició la votación de la reforma en la Comisión de Recursos Hídricos, Sequía y Desertificación de la Cámara de Diputados.En las primeras sesiones los diputados aprobaron un nuevo estatus para el agua como bien público y derecho humano que debe ser garantizado por el Estado.Luego se aprobaron las funciones prioritarias de las aguas, para subsistencia,  preservación ecológica, y la obligación del Estado de priorizar esas funciones y usos esenciales, lo cual cambia en 180 grados el enfoque propietarista y mercantil del Código de Aguas vigente.

Hoy está en manos del Parlamento consagrar de verdad el agua como un bien público y  aprobar una ley que responda a las necesidades de la población, al desarrollo local y de las regiones  y a los desafíos que trae la sequía y el cambio climático.

La votación de la reforma al Código de Aguas hasta ahora ha caminado en la dirección correcta estableciendo el derecho humano al agua y la priorización de usos esenciales de agua potable, saneamiento, preservación ecosistémica y agricultura de subsistencia, todo lo cual debe ser garantizado por el Estado.

La tramitación de esta ley continuará esta semana y los diputados deberán resolver sobre la naturaleza de los derechos de aprovechamiento de agua que es el mayor problema a resolver en el Código de Aguas.

Las opciones son continuar con los actuales derechos de propiedad, entregados a algunos gratuitamente y a perpetuidad, o establecer concesiones temporales asociadas a los usos reales y condicionadas al uso eficiente, los caudales ecológicos y la satisfacción de las necesidades de subsistencia, tales como las domésticas, la agricultura familiar campesina y el cuidado de las fuentes hídricas.

Fuente: Cooperativa