Lo que se viene tras la notificación a HidroAysén por el Comité de Ministros

Inicio / Noticias / Lo que se viene tras la notificación a HidroAysén por el Comité de Ministros

HidroAysen3-620x330 (1)Por: El Dínamo 

AQUÍ LEER LA NOTICIA ORIGINAL EN EL DÍNAMO

En la nueva etapa judicial que enfrenta el proyecto, los recurrentes tienen 30 días para presentar acciones ante el Tribunal Ambiental de Valdivia. Revisa las medidas de mitigación y compensación que van desde la construcción de caminos, la implementación de planes turísticos.

Este lunes a las 10:00 de la mañana la firma HidroAysén fue notificada oficialmente de la resolución del Comité de Ministros. Tras este trámite ya corre el plazo de 30 días que tienen los recurrentes para presentar acciones  ante el Tribunal Ambiental de Valdivia, abriendo una nueva etapa en la vía judicial del proyecto en el que son socios Colbún y Endesa.

Entre las partes involucradas en este complejo caso se incluye a la misma HidroAysén, titular del proyecto, junto a agrupaciones como la Asociación Gremial Cámara de Coyhaique, la Codeff y hasta el abogado Enrique Alcalde Undurraga.

El texto detalla las resoluciones de dicha instancia, entre las que se cuentan la solicitud de estudios relacionados al posible impacto social por el arribo de más de 5.000 trabajadores a la zona sur, además de los efectos hidrológicos de los vaciamientos de lagos glaciares y la fluctuación intradiaria por la operación de las centrales Baker 1 y 2, y Pascua 2.2, tal como detalla el DF.

La instancia ministerial, también acogió totalmente tres de las reclamaciones presentadas por la compañía, referidas a la confirmación de que no se afectará el Monumento Histórico Paso San Carlos; la realización de la tala rasa de especies en las áreas que inundará el proyecto, para evitar el deterioro de las aguas contenidas en la presa y disminuir los gases de efecto invernadero; y la presentación de un plan de compensación, en caso de que el turismo en la zona se vea afectado por la construcción del proyecto.

Igualmente se acogió la impugnación de la agrupación ambientalista Chonkes, que estableció una serie de reparos sobre eventuales impactos en el río Baker 2 en Pascua. Frente a esta inquietud, el cuerpo colegiado determinó que en el proyecto se debe crear un área de conservación en ambos sectores, la cual deberá ser presentada al SEA de Aysén antes del inicio de faenas.

Por su parte, la Asociación Gremial Cámara de Turismo y Comercio de La Junta solicitó resguardar la actividad turística de la zona y se aprobaron una serie de medidas de mitigación. Entre ellas, se encuentra el desarrollo de un plan integrado de turismo, además de un plan de marketing turístico para la zona, tal como informa El Pulso. A nivel general, el Comité de Ministros estableció una serie de medidas de mitigación y compensación que van desde la construcción de caminos, la implementación de planes turísticos y una serie de estudios de salud pública.

Los portazos

Entre las reclamaciones rechazadas se cuenta la transferencia al Fisco de terrenos compensatorios por la inundación de una parte del Parque Nacional Laguna San Rafael; estudios de uso horario diferenciado para los caminos durante la construcción del proyecto; y el diseño de un plan de marketing y turismo integrado para la zona

Otro de los grandes perdedores Enrique Alcalde Undurraga. El ex socio de La Nación y empresario ganadero de Aysén figuró desde un principio como uno de los más acérrimos opositores al proyecto hidroeléctrico. El profesional, quien es dueño del Fundo Lomas del Baker en Cochrane, fue uno de los 35 reclamantes que hizo presente su disconformidad con la iniciativa, argumentando que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) no cumple con lo prescrito en el artículo 12 del Reglamento del SEIA, pues -denunció- se omitió la descripción de la línea de alta tensión en la línea base del proyecto y, por ende, existe omisión en la medición y evaluación de sus impactos y en el plan de medidas correspondiente.

Pero en la notificación enviada por el SEA se estableció que “es dable considerar que la observación cuya ausencia de ponderación fue reclamada en su escrito de reclamación, fue creada por el propio reclamante (Enrique Alcalde), desde el momento que impidió o prohibió el ingreso para el levantamiento de la línea de base”.