Recuperación del agua como bien público

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Recuperación del agua como bien público

Sara NME 1La reforma al Código de Aguas que se encuentra en votación en la Comisión de Recursos Hídricos de la Cámara de Diputados ha avanzado en dos aspectos sustanciales para cambiar el actual régimen de gestión del agua en Chile.

Primero, se estableció prioridades de uso del agua para necesidades esenciales como agua potable, saneamiento, actividades de subsistencia y preservación de los ecosistemas. Esto permitirá a la autoridad poner por delante la asignación de agua para las personas y la mantención del medioambiente, al revés de lo que ocurre hoy donde se priorizan las actividades competitivas con fines de lucro, y la oferta y la demanda en el mercado de aguas.

El segundo cambio relevante en el régimen de asignación es el cambio desde el derecho de propiedad a perpetuidad por una concesión de uso y goce temporal, relacionada a la actividad para la cual se solicita el agua. Pero este nuevo régimen solo regiría para los nuevos derechos a partir de la vigencia de la ley.

No obstante estos avances, la reforma presenta aspectos no resueltos, tales como el privilegio de las aguas del minero, la insuficiencia de reservas para usos esenciales de campesinos e indígenas, los caudales ecológicos, las aguas en áreas protegidas, las áreas de restricción, los derechos sobreotorgados, las cuencas agotadas y los cambios constitucionales que permitan recuperar el estatus de bien público de las aguas.

Por esta razón, las organizaciones ciudadanas monitorean de cerca la tramitación de esta reforma e informan a la gente sobre la votación de los parlamentarios a través de la iniciativa “De qué lado estarás tú”; se movilizan en la tercera “Marcha Nacional por la Recuperación del Agua” y demandan al Ejecutivo y Legislativo que el bien público que es el agua, sea legalmente recuperado para el bienestar de todos los chilenos.

Sara Larraín

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