Propiedad y uso de las aguas

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Propiedad y uso de las aguas

Esta semana se vota en la sala del Senado la Reforma Constitucional sobre el dominio y uso de las Aguas artículo 19, numero 23° que establece la libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nación toda.

La reforma constitucional establece que “Las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso público”… y “en consecuencia su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la Nación”. Asimismo el texto a ser votado señala  que “la ley regulará la constitución, reconocimiento, ejercicio y extinción de los actuales derechos y de las concesiones que sobre las aguas se reconozca a particulares”, y que dichas concesiones serán temporales, para fines específicos y que podrán estar sujetas  al pago de patentes o tasas, por corresponder a bienes públicos, aprovechados por algunos miembros de la sociedad. La reforma también pone el interés público por sobre los fines de  lucro, estableciendo que en el otorgamiento  de  concesiones para el aprovechamiento de las aguas, “se priorizará el consumo humano, el doméstico y el saneamiento y resguardando los usos comunitarios ancestrales y la mantención de un caudal ecológico, para lo cual se podrá reservar aguas superficiales y subterráneas y establecer otras limitaciones y obligaciones”.

En lo sustancial, esta reforma constitucional en materia de aguas  es  fundamental y apunta a las demandas ciudadanas, y por ello  instamos a los parlamentarios a aprobarla.  No obstante queremos advertir a los legisladores que, en referencia a la naturaleza del agua como bien público,  persiste en la constitución vigente, en el artículo 19, numero 24 (inciso final)  un mecanismo que permite perpetuar el dominio privado sobre este bien público: “los derechos constituidos en conformidad a la ley, otorgaran a sus titulares la propiedad sobre ellos”, lo cual contradice el texto de la reforma en votación, por lo cual debiera ser derogado.

Actualmente nuestro país sufre una prolongada sequía, que se extiende por más de una década y dicha tendencia se ha intensificado en la zona norte y centro del país a consecuencia del calentamiento global. Los escenarios  sobre nuestra inseguridad hídrica son alarmantes para las próximas décadas y ciertamente esta vulnerabilidad es el principal y más amplio impacto del cambio climático para Chile, pues además de la degradación ambiental, compromete desde el agua potable y la producción de alimentos, hasta todas las ramas de la industria.

Las reformas constitucionales en materia de aguas, hoy se destacan en las demandas y en los cabildos autoconvocados que se realizan en las diversas regiones del país y ciertamente será un tema central en el proceso constituyente que demandan los chilenos para lograr encausar salidas a  la crisis social. Por ello es importante que el poder legislativo este despertando también para facilitar los cambios e incorporar los contenidos de las demandas ciudadanas para un nuevo Pacto Social y una Nueva Constitución.

 

Sara Larraín y Hugo Maturana

Publicada en La Tercera