HYDROWAC: Derechos de agua y voracidad energética amenazan santuario y uso comunitario del Estero San José

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El Estero San José, se ubica en la comuna de San José de Maipo en la precordillera de Santiago. Sus aguas nacen en las montañas San Lorenzo, Peladeros y Piuquencillos, al interior de Santuario San Francisco de Lagunillas y desemboca en el río Maipo al sur del pueblo de San José de Maipo.

Las aguas del Estero San José abastecen a los 4 canales de regadío que dan vida al pueblo de San José de Maipo; abasteciendo los sanatorios, el estadio, el cementerio y el camping municipal; los terrenos de unos 400 usuarios de las poblaciones La Victoria y El Esfuerzo, y el abastecimiento de agua potable de la Población Santa Maria del Estero.

La empresa HYDROWAC, propiedad de Jorge Wachholtz, planea intervenir el patrimonio natural e hídrico del Estero San José, para materializar dos proyectos hidroeléctricos de pasada San José 1, que tendría una potencia instalada de 8,97 Megawatts, y San José 2 con una potencia de 5,43 Megawatts. Estos proyectos hidroeléctricos se planifican en base a los derechos de agua consuntivos permanentes y continuo que posee Jorge Wachholtz en dicho Estero, de 1 metro cúbico por segundo continuo y de 1 metro cúbico por segundo eventual; los que le fueron concedidos por la Dirección General de Aguas el año 1991.

El caudal de diseño de las centrales pretende extraer, canalizar y entubar las aguas del Estero San José, e instalar tubos con caídas de 570 metros, la central San José 1, y de 350 metros, la central San José 2. Las instalaciones proyectadas por la empresa consideran 2 bocatomas con tranques desarenadores; 8 kilómetros de canales en áreas con peligro de erosión y bloqueo del paso con riesgo de caída para fauna nativa y animales de arrieros.; 5 kilómetros de tuberías; dos casas de máquinas; y 2 puntos de descarga.

De concretarse esta intervención, la empresa provocaría impactos ambientales, sociales y económicos en la cuenca del estero San José y en el pueblo de San José de Maipo. Entre ellos, secaría el estero San José desde la primera bocatoma, proyectada por la empresa en la zona de Tres Esteros, al interior del Santuario San Francisco de Lagunillas, hasta su desembocadura en el río Maipo, afectando a los 4 canales que abastecen a la población de San José de Maipo, la infraestructura municipal y la pequeña producción agrícola de los alrededores.

Además de estos impactos permanentes e irreversibles, durante la etapa de estudios y exploración que, HYDROWAC planificaba a través de una Concesión Eléctrica Provisional, preveía realizar monolitos de hormigón y excavar 16 calicatas de 3 metros de profundidad o hasta llegar a la roca en una faja de 8 kilómetros de longitud; y excavar calicatas en el lecho del estero San José al interior del Santuario San Francisco. Además realizar perforaciones en el Estero y monolitos de concreto en varios terrenos de particulares aguas abajo del Estero San José, varios de los cuales, dado su alto valor paisajístico, están dedicados al turismo, arriendo de cabañas y actividades de recreación.

La extracción de agua por parte de HYDROWAC y su entubamiento en forma paralela al estero San José, afectaría el caudal de agua que abastece el refugio, bocatoma y potrero de Caletones; el agua que abastece a los canales Comunero y Morenino con bocatomas en la ribera Norte del Estero San José, y el agua de los canales Cruz Roja y La Palita con bocatomas en la ribera sur del mismo Estero. En consecuencia, esta intervención afectaría el agua potable de la población Santa María del Estero, el riego y abastecimiento de aproximadamente 400 familias del Pueblo de San José de Maipo, y toda la infraestructura municipal: el cementerio, el estadio, el camping municipal y el riego de los 2 sanatorios, dependientes del Ministerio de Salud.

Adicionalmente el proyecto pretende intervenir una propiedad fiscal en la ribera norte del Estero San José, que corresponde a un predio denominado Villa Santa María del Estero, de aproximadamente 4 hectáreas, que corresponde a 32 lotes, y que se encuentra enrolado en el Servicio de Impuestos Internos bajo el Nº183 Nº275, del Registro de Propiedad del año 1943, del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo.

En relación con este predio fiscal, debe considerarse que el Ministerio de Bienes Nacionales pudo identificar ciertos actos de su competencia, los que se refieren principalmente a la ocupación actual que sobre el mismo ejercen 38 personas, que son poseedoras de Actas de Radicación otorgadas por dicho Ministerio en 1993.

El Ministerio hizo presente que los datos indicados en el plano de la empresa HYDROWAC Y CIA son insuficientes e imprecisos para determinar la totalidad de los predios fiscales que abarca la solicitud de concesión. En efecto, del plano presentado por la empresa se advierte que existen terrenos que forman parte del área solicitada en concesión, que no se encuentran debidamente identificados como particulares o fiscales, apareciendo sólo áreas en blanco, situación que no se aclara en la solicitud de concesión en estudio ni en la minuta explicativa de la empresa, cuestión que al Ministerio le ha dificultado determinar la existencia de otros inmuebles fiscales involucrados.

El conflicto por las aguas del Estero San José, enfrenta a la Comunidad de San José de Maipo contra la empresa HYDROWAC, que pretende intervenir el Estero San José, para construir dos centrales hidroeléctricas, lo que amenaza los actuales usos ambientales económicos y sociales de la cuenca. Las obras asociadas a las dos centrales hidroeléctricas de pasada dañarían la economía de la zona, al mermar la disponibilidad de agua para consumo humano y animal, riego, turismo y otros emprendimientos, además del equilibrio del patrimonio natural y productivo de la subcuenca.

La materialización de los proyectos de HYDROWAC causaría el desecamiento del estero San José desde la primera bocatoma, que busca instalar la empresa en Tres Esteros, hasta el río Maipo. El daño llegaría además a la disponibilidad de agua que abastece, como ya se mencionó, los canales del lado Norte y Sur del Estero San José: canal Comunero, canal Morenino, canal Cruz Roja y canal La Palita.

El secamiento del canal Comunero afectaría a 8 propiedades agrícolas2, a los usuarios de la población Las Pataguas, al estadio y camping Municipal, los Sanatorios, y el Cementerio Municipal que se riega con este canal. Esta situación afectaría también a la población El Esfuerzo, hasta el puente El Almendro en el límite norte del pueblo de San José de Maipo y a las familias que viven en la calle El Cerro. Un total de 180 familias usuarias y regantes del canal Comunero serían afectadas.

En cuanto al Canal Morenino, serían afectados sus usuarios desde el abastecimiento de agua potable de la Población Santa María del Estero, todos los predios de la Población La Victoria y la Población Cementerio, hasta la parte alta de la Quebrada el Almendro, afectando a más de 100 familias. A ello se debe adicionar los impactos a los usuarios del canal Cruz Roja y el canal la Palita, en la ribera sur del Estero San José, la mayor parte de ellos con terrenos de uso agrícola, turístico y recreacional.

Uno de los actores que se enfrenta en este conflicto por las aguas del Estero San José es la empresa HYDROWAC Y CIA, cuyo socio mayoritario es Jorge Wachholtz Buchholtz, quien en virtud del Código de Aguas de 1981, solicitó y acumuló gran cantidad de derechos de agua, llegando a concentrar bajo su propiedad individual el 1, 3% del total de los derechos de agua no consuntivos asignados a nivel nacional. Todos los derechos de agua fueron concedidos gratuitamente y a perpetuidad a Wachholtz durante el régimen militar e inicios de los gobiernos de transición.

En base a esa apropiación de bienes nacionales de uso publico, Wachholtz ha vendido durante los últimos años derechos de agua y estudios asociados al desarrollo de numerosas centrales hidroeléctricas que están provocando conflictos en comunidades indígenas y en áreas protegidas en varias regiones del país. Entre ellas cabe destacar:

a) las centrales hidroeléctricas “La Higuera” y “Confluencia”, en base a derechos de agua vendidos por Jorge Wachholtz a la empresa australiana Pacific Hydro, que en la actualidad construye las 2 centrales mencionadas con una capacidad instalada aproximada de 300 Megawatts, y que afectan a la Reserva Nacional Río Cipreses, unidad perteneciente al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE) en la VI Región de O`higgins; y que a pesar de la oposición de organizaciones ciudadanas y parlamentarios, actualmente ya se encuentran en ejecución.

b) las centrales hidroeléctricas “Liquiñe”, “Pellaifa” y “Maqueo”, en base a los derechos de agua vendidos por Jorge Wachholtz a la Hidroeléctrica Trayenko SA, filial de la firma noruega SN Power, que de concretarse sumarían una capacidad instalada aproximada de 500 Megawatts. Estos proyectos y los ríos a intervenir se encuentran al interior de territorios de propiedad indígena en la Región de Los Ríos (todos estos casos se analizarán más adelante en este libro).

El liderazgo de la oposición a los proyectos hidroeléctricos de HYDROWAC lo han ejercido las Asociaciones de Canalistas de los canales Comunero y Morenino, los regantes de los Canales Cruz Roja y La Palita, la Cruz Roja de Chile y las Juntas de Vecinos de la Población la Victoria y Santa María del Estero, quienes, liderados por las Asociaciones de Canalistas han desarrollado una campaña de información , articulación y acciones legales orientadas a resguardar los derechos de agua de la comunidad, la protección del Santuario y los servicios ambientales, recreacionales, económicos y de agua potable que entrega el Estero San José al pueblo y comunidad de San José de Maipo. En su campaña, las organizaciones comunales y asociaciones de regantes han contado con los insumos técnicos y legales del Programa Chile Sustentable y la Coordinadora de Defensa Ríos del Maipo, agrupación de dirigentes y profesionales de diversos poblados de la comuna (el Canelo, el Manzano, San Alfonso, Melocotón, Río Colorado, San José y Quillay) que se han organizado para proteger el medioambiente, ríos y territorios del Cajón del Maipo.

El Municipio por su parte, ha apoyado a la comunidad en su campaña por proteger el Estero San José, primero débilmente en el periodo del ex alcalde Víctor Cáceres (PS), y con mayor fuerza durante el mandato del alcalde Luis Pezoa (RN). No obstante las autoridades locales mas destacadas en el apoyo a la comunidad en su campaña fueron los concejales Marcos Quintanilla y Elida Moreira.

Relación con el marco jurídico vigente.

El proyecto de la empresa HYDROWAC de construir dos centrales hidroeléctricas en el Estero San José, en la comuna de San José de Maipo, se sustenta en los derechos de aprovechamiento de aguas bajo propiedad de Jorge Wachholtz sobre 1 metro cúbico por segundo no consuntivo permanente y continuo, y 1 metro cúbico por segundo eventual en el Estero San José.

Estos derechos le fueron otorgados en virtud de las reglas del Código de Aguas de 1981, y por resolución N° 396 de la Dirección General de Aguas, el 17 de octubre de 1991. Los derechos se encuentran inscritos en el Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Puente Alto (fojas 143 N° 256) del Registro de Propiedad de Aguas del año 2007, y se encuentran vigentes bajo dominio de Wachholz.

Estos derechos fueron otorgados por la DGA a Jorge Wachholtz, sin considerar los derechos de aguas consuntivos sobre la misma fuente, constituidos por las Asociaciones de Canalistas y Regantes de los canales Comunero y Morenino; y en contra de las oposiciones que presentó en la época el Municipio de San José de Maipo, por instrucción de la alcaldesa Adriana Gaete, dado que el municipio también posee derechos de agua y se opuso a la solicitud de Jorge Wachholz en la época.

En base al dominio de esos derechos de propiedad sobre las aguas del Estero San José, la empresa HYDROWAC solicitó la Concesión Eléctrica Provisional a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), la cual fue publicada en el Diario Oficial, el l2 de noviembre de 2006 por HYDROWAC, con el fin de acceder a los terrenos de la cuenca del Estero San José, y realizar los estudios en terreno necesarios para el desarrollo de los proyectos San José 1 y 2 para el aprovechamiento energético de sus derechos de Agua.

La solicitud de Concesión Eléctrica Provisional se rige por los artículos 18 y siguientes del DFL N° 1 de la Ley General de Servicios Eléctricos de 1982, sus modificaciones posteriores (13 de septiembre de 1982), y las disposiciones pertinentes de su Reglamento N° 327 (12 de diciembre de 1997).

La cuenca del Estero San José, desde su nacimiento y las subcuencas de los esteros Coironal, del Medio y Las Quinguas que lo alimentan, están incluidas desde el año 2003 en el Área Protegida SANTIAGO ANDINO constituida por los Sitios Prioritarios N°3, N°4, N°5 y N°10 de la Estrategia Nacional de Conservación de Biodiversidad en la Región Metropolitana.

Dicho territorio corresponde a uno de los 12 predios incluidos dentro del Plan Santiago Andino4, para proteger los territorios públicos y privados que se establecieron como Sitios Prioritarios en la Estrategia Nacional de Biodiversidad, aprobada por el Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Medio Ambiente (CONAMA) en el año 2003; la cual permite a Chile cumplir los compromisos adquiridos en 1992, al firmar el Convenio Internacional sobre la Diversidad Biológica, luego ratificada el año 1994.

El Plan de Acción Santiago Andino para iniciar las acciones en los sitios prioritarios Nº3, Nº4 y Nº5, y N°10 fue aprobado dos años más tarde por la COREMA Región Metropolitana de Santiago, en diciembre del año 2005 (Resolución Exenta Nº 585/2005) .

Dentro de esta área se encuentra el Santuario San Francisco de Lagunillas, el cual fue establecido como “Zona de Interés Científico para efectos mineros” por el Decreto Supremo Nº78, de enero de 2006, junto a otros 12 predios del Sitio Prioritario SANTIAGO ANDINO. La finalidad de la zona de interés científico es prevenir la actividad minera en los territorios priorizados para protección de la biodiversidad, ya que justamente la extracción minera destruye la superficie donde está se encuentra, o establece perforaciones que degradan las condiciones geológicas que sustentan los ecosistemas de superficie, en particular vegas, quebradas y humedales.

Adicionalmente a dicha protección, el Estero San José que pretende ser intervenido y explotado por HYDROWAC se encuentra en el centro del Santuario San Francisco de Lagunillas, predio privado que dando cumplimiento a la estrategia del Plan Santiago Andino, fue establecido como Santuario el 8 de abril del año 2008, mediante el Decreto Nº775, del Ministerio de Educación y esta bajo protección del Consejo de Monumentos Nacionales. En síntesis los derechos otorgados a una empresa foránea a la comuna, sobre los derechos de agua del Estero San José, pretenden imponerse, en virtud del Código de Aguas de 1981; y pretenden explotarse al interior de un Santuario, amenazando esta área protegida. Y en lo anterior en desmedro de los derechos de aguas legalmente constituidos de terceros, en este caso los usuarios y regantes de los 4 canales (Comunero, Morenito, Cruz Roja y La Palita) cuyas bocatomas están en el Estero San José.

Posición y acción del estado.

En virtud del Código de Aguas de 1981, el Estado a través de la DGA, concedió derechos de aprovechamiento no consuntivos sobre parte de las aguas del Estero San José, a Jorge Wachholz, identificado como ingeniero de la Compañía Manufacturera de Papeles y Cartones CMPC en 1991 (Resolución N°396). Estos derechos fueron asignados por la autoridad, a pesar de la oposición del Municipio de San José de Maipo, que poseía derechos de agua en esta cuenca, y sin tener en consideración el ejercicio de derechos de los usuarios ancestrales del estero, los cuales en la época del otorgamiento de derechos a Wachholz, ya poseían 4 bocatomas y sus respectivos canales, que regaban y proveían de agua potable y riego a los terrenos del pueblo de San José de Maipo, a la infraestructura municipal y a los predios agrícolas adyacentes. La mayoría no tenía regularizados sus derechos en virtud del nuevo Código de Aguas de 1981, establecido durante el régimen militar, pero sí contaban con derechos legalmente establecidos en las reglamentaciones anteriores sobre los recursos hídricos.

En base a los derechos no consuntivos (1 m3/seg. permanente y 1 m3/seg. eventual) concedidos por la autoridad sectorial, en este caso la DGA, la empresa HYDROWAC pidió a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) permiso para hacer estudios en la zona y en base a ellos presentar una Declaración de Impacto Ambiental de sus proyectos hidroeléctricos, los cuales, caracterizó como centrales de pasada. La SEC otorgó la concesión eléctrica provisional a HIDROWAC, para la realización de estudios para sus proyectos, el 2 de noviembre de 2006, fecha en que se publicó ésta en el Diario Oficial.

Dicha concesión fue impugnada por el Ministerio de Bienes Nacionales, cuyo terreno, donde se construyo la Población Santa María del Estero, resultaba afectado por las obras. Sin embargo su oposición no fue considerada, y tampoco los derechos de los demás propietarios lugareños, que no tuvieron acceso al Diario Oficial, y tampoco fueron notificados de dicha intervención sobre sus territorios.

Obtenida la concesión por parte de la SEC, la empresa solicitó ingresar a los predios, a lo cual se opusieron los propietarios locales, debiendo ingresar la empresa amparada por orden judicial y acompañada de carabineros. Insólitamente, el juzgado de Puente Alto autorizo el ingreso y el auxilio de la fuerza pública a la empresa HYDROWAC para que ésta entrara al Santuario San Francisco de Lagunillas a realizar excavaciones y obras, a pesar de que la empresa no acreditó permiso del Consejo de Monumentos Nacionales, lo cual era requisito legal básico, pues el área ya tenía estatus de Santuario.

Sin embargo, los responsables del Santuario, mediante acciones legales en contra de la empresa HYDROWAC, lograron que ésta se retirara del Santuario, sin que pudiera realizar sus estudios, excavaciones y obras descritas en la Concesión Provisional de la SEC.

Vencida la primera Concesión Eléctrica Provisional, en diciembre de 2008, el Estado, a través de la SEC, no otorgó nuevas concesiones a HYDROWAC, dado que fue informada por los dirigentes locales que el área estaba protegida mediante su estatus como Santuario de la Naturaleza. El Consejo de Monumentos Nacionales también tomó en consideración el estatus de Santuario del predio, incluido en el área de Sitios Prioritarios de la Estrategia Nacional de Biodiversidad, y amenazada por la extracción hídrica y las obras de los proyectos hidroeléctricos, resguardando el Área Protegida “Santuario San Francisco de Lagunillas y Quillayal, y negando los permisos para desarrollar obras de infraestructura comercial al interior del Santuario.

A la fecha, el fallo del tribunal de Puente Alto y la correcta aplicación de las atribuciones del Estado, en este caso del Consejo de Monumentos Nacionales, para aplicar el marco jurídico vigente, es lo que aun mantiene protegido el Santuario de la Naturaleza, la integridad del estero San José, y los derechos consuntivos de la comunidad y el Municipio de San José de Maipo sobre sus aguas.

Posición, acciones y propuestas de la comunidad.

La férrea oposición de la comunidad a las hidroeléctricas de HYDROWAC se expresó desde que la comunidad se informó que la empresa estaba solicitando ingresar a los predios de la zona en virtud de la Concesión Eléctrica Provisional que le había concedido la SEC a inicios de 2008. Además de organizar reuniones en el pueblo para informar a los afectados, las Asociaciones de Canalistas, el Santuario Lagunillas y las juntas de vecinos iniciaron una campaña de recolección de firmas e información al municipio, gobernación y organizaciones ciudadanas sobre el proyecto y sus impactos.

La demanda al gobierno fue formalizada a través de cartas enviadas al Director General de Aguas, al Intendente de la Región Metropolitana, a la Ministra de Medioambiente, al director regional de CONAMA, al Superintendente de la SEC, y a la gobernación Provincia de Cordillera, en que se denunciaba la amenaza de ambos proyectos hidroeléctricos para el pueblo, el área protegida y la infraestructura municipal; solicitando la concurrencia de las autoridades para revertir la amenaza.

En julio de 2008, los afectados solicitaron a la Dirección General de Aguas la derogación de los derechos de aprovechamiento de aguas que posee Jorge Wachholtz en el Estero San José; o en su defecto declarar agotada la cuenca del estero, con excepción del aprovechamiento para agua potable de la población Santa María del Estero y del aprovechamiento por parte de las asociaciones de canalistas Morenino, La Palita, Cruz Roja y Comunero, los cuales poseen derechos consuntivos.

En la misma fecha, la comunidad solicitó a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles la derogación del permiso de Concesión Eléctrica Provisional entregada a la empresa HYDROWAC el 3 de diciembre de 2007, mediante Resolución N° 71 y publicada en el Diario Oficial el 20 de febrero de 2008; debido a que el proyecto amenazaba la integridad ambiental del Santuario de la Naturaleza San Francisco de Lagunillas (Decreto Exento N° 775, del Ministerio de Educación); el agua para bebida de la población Santa María del Estero y los derechos consuntivos de las Asociaciones de Canalistas y de los usuarios de los cuatro canales que alimentan a la comuna de San José de Maipo; y en consecuencia a los habitantes de las poblaciones, Las Pataguas, El Esfuerzo, La Victoria y Los Riscos, quienes poseen derechos de aprovechamiento de aguas del estero San José.

Los canalistas y juntas de vecinos liderados por don Manuel Núñez del Canal Comunero y la señora Rosa Valencia , presidenta de la Junta de Vecinos de la Población la Victoria, han contratado abogados y desarrollado reuniones con la Dirección General de Aguas con el objeto de hacer prevalecer los derechos de la comunidad, hoy amenazados por HYDROWAC .Acciones legales paralelas iniciada por algunos predios afectados lograron judicialmente expulsar a la empresa del Santuario San Francisco de Lagunillas, donde sus funcionarios habían ingresado amparados en la Concesión Eléctrica Provisional, entregada por la superintendencia de Electricidad y Combustibles SEC a inicios de 2008.

Para la defensa del Estero San José también han contado con el apoyo de la gobernación de la Provincia de Cordillera y muy activamente de los concejales de San José de Maipo Elida Moreira y Marcos Quintanilla, además de colocar lienzos y carteles informativos sobre la amenaza a sus aguas en la plaza del pueblo y en las poblaciones.

Adicionalmente las dirigentes Maria Eugenia Molinari, Adolfo Escobar, Adriana Gaete y Jorge Hoffer, entre otros, apoyados por los experimentado dirigentes don Manuel Núñez, doña Sara Larraín , y el abogado Gustavo Manríquez, decidieron organizar legalmente en asociaciones de regantes a todos los usuarios de los canales Cruz Roja y La Palita, con el objeto de formalizar su comunidad de aguas, en la eventualidad de establecer acciones legales ante cualquier nuevo intento de la empresa HYDROWAC por activar sus proyectos. Al mismo tiempo, los usuarios de aguas de los canales Comunero y Morenito que no estaban inscritos como miembros en la respectiva Asociación de Canalistas, hicieron la solicitud formal de incorporarse como tales.

Los dirigentes vecinales y canalístas, con apoyo del Programa Chile Sustentable y la Coordinadora de Defensa Ríos del Maipo, realizaron una presentación ante el nuevo Consejo Municipal, logrando el apoyo completo del Consejo y del nuevo alcalde de la comuna; con lo cual el Municipio de San José de Maipo se integró a la campaña de protección del Estero San José, de los derechos de las comunidades locales y del municipio sobre las aguas de dicha fuente.

El actual sistema de gestión de las aguas en Chile, establecido en el Código de Aguas de 1981, que separa la tierra de las aguas y permite la concesión gratuitamente y a perpetuidad de derechos de propiedad a actores privados, ajenos a los territorios donde se ubican las cuencas, ha generado una crisis ambiental, social y económica en la gestión de los recursos hídricos; un espacio para la concentración y especulación de derechos de aprovechamiento de aguas, y conflictos crecientes por el agua en todo el territorio nacional.

Esta situación también ha atentado contra el ordenamiento territorial que requiere el país para desarrollar y compatibilizar las actividades productivas y preservación de patrimonio natural. En el caso aquí denunciado, el dueño y representante legal de la empresa HYDROWAC se ha abocado a la acumulación de derechos de agua, para venderlos a empresas que tienen pretensiones de emplazar proyectos eléctricos.

La especulación del mercado de aguas impide el desarrollo de una política energética sustentable y ordenada, pues este derecho es uno de los requisitos más relevantes cuando se quieren permisos ambientales para proyectos hidroeléctricos. Esta situación suele verse agravada en sectores en los cuales las comunidades locales no han regularizado sus derechos de aguas, pese a haber ejercido ancestralmente el uso y usufructo de ellos por varias generaciones.

En virtud de lo anterior, el caso aquí descrito constituye un nuevo ejemplo de los problemas que presenta el Código de Aguas de 1981 para la gestión racional y sustentable de los recursos hídricos en Chile, y los vicios del actual sistema de mercado de aguas. De esta situación se desprende la necesidad de recuperar la gestión pública de los recursos hídricos y poner condiciones de sustentabilidad ambiental, equidad social y la pertinencia económica, territorial y temporal en la asignación de derechos de aprovechamiento de las aguas a los particulares.

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